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EL CASO
En el pueblo sólo había una panadería hasta que Víctor, viendo las posibilidades, abrió otra. Anteriormente Víctor estaba contratado y le pagaban un salario en una tienda de alimentación. Una vez al año hacía su declaración de renta. Para ello utilizaba el certificado que le daba la empresa en donde constaban las retenciones que cada mes le iban haciendo.
Al cambiar de la condición de contratado y asalariado a la de empresario individual por cuenta propia, no sabe cómo tendrá que hacer la declaración de este año.
QUE ME INTERESA
¿Cómo se calcula?
El IRPF se trata de un impuesto directo, ya que las rentas percibidas por cada persona constituyen una manifestación de su nivel económico y, por tanto, de su capacidad contributiva.
Existen dos sistemas de declaración del IRPF para los empresarios individuales:
Régimen de Estimación Directa Simplificada
El empresario individual, por cuenta propia, obtiene un beneficio de su negocio (diferencia entre sus ingresos y sus gastos anuales). Para calcular el IRPF se cuenta el resultado de este beneficio cada tres meses (ingresos - gastos) y sobre ello se calcula a su vez el 18%. (En el artículo 12 del Real Decreto 1968/1999 de 23 de diciembre, publicado en el BOE núm. 312, se hace constar la rebaja con carácter general al 18% en el tipo de retención a cuenta sobre los rendimientos derivados de actividades profesionales, y al 9% para aquellos que inician actividad.)
La cantidad que resulte se debe pagar trimestralmente a Hacienda y se considera como un pago a cuenta de la declaración anual de renta del empresario.
Este sistema obliga a llevar dos libros de registro: el de ingresos y el de gastos.
Régimen simplificado
Para algunas actividades muy concretas, existe un sistema distinto para averiguar lo que se debe pagar al Estado.
El cálculo se hace a partir de los llamados módulos. Si se acoge a este sistema, el empresario no pagará el IRPF de los beneficios obtenidos realmente, sino de lo que se supone que obtiene, a partir de un cálculo basado en las unidades físicas, indicativas del volumen aproximado del negocio. Los módulos dependen del personal que tengamos, los m² del local, el consumo de energía, etc.
Este sistema no obliga a pagar ningún registro a efectos de IRPF. Se trata de un sistema que no tiene en cuenta ni los ingresos ni los gastos, por lo que no afectan el importe facturado ni los pagos efectuados.
OTROS DATOS
¿Dónde puedo informarme?
Administraciones de Hacienda.
Gestorías y asesorías.
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