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EL CASO
Diego fabrica relojes de pared. Para ello dispone de un pequeño taller donde hace relojes de todo tipo, según el pedido que reciba por parte de las tiendas.
A la hora de hacer las facturas, Diego mira los precios de las piezas y el tiempo que ha empleado para hacer cada reloj. A este total le suma el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA), con lo cual ya tiene hecha la factura.
Las facturas que él recibe también tienen el IVA y le asalta una duda: ¿tiene que hacer alguna declaración de estos IVA?
QUE ME INTERESA
¿Cómo lo calcularé?
Como ya hemos visto en la ficha 37, el IVA es un impuesto que se aplica sobre todos los productos y servicios, y que todo empresario tiene que declarar.
Hay dos modalidades distintas de hacer el cálculo y la declaración de este impuesto:
Régimen general Por una parte, se suma el IVA repercutido (el que consta en las facturas emitidas por nosotros); por otra, se suma el IVA soportado (el que consta en las facturas recibidas).
La diferencia entre el IVA repercutido y el IVA soportado nos dará el importe a declarar: si la diferencia es positiva deberemos pagar, aunque sí deberemos presentar la declaración.
Régimen simplificado Este sistema no es aplicable a todas las actividades profesionales y el sistema de cálculo es diferente al anterior.
En esta modalidad se hace una estimación del IVA en función de la actividad desarrollada, el consumo eléctrico, los m² del local, el número de trabajadores, etc. A partir de esta estimación, calcularemos la cantidad que debemos pagar trimestralmente y al final del año. Cuando tengamos toda la información, haremos los ajustes necesarios.
OTROS DATOS
Ejemplo de declaración del IVA
IVA ingresos (de facturas emitidas):
Base Facturas ......................... 100.000 PTA
IVA repercutido (16%) .............. 16.000 PTA
Total facturas .......................... 116.000 PTA
IVA gastos (de facturas recibidas):
Base compras .......................... 60.000 PTA
IVA soportado (16%) .................. 9.600 PTA
Total compras ........................... 69.600 PTA
IVA a ingresar en Hacienda:
IVA repercutido ......................... 16.000 PTA
IVA soportado ............................. -9.600 PTA
IVA a ingresar ............................... 6.400PTA
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