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EL CASO
María es una artesana que trabaja el barro. Hace figuras de todo tipo, dependiendo del
pedio que reciba por parte de las tiendas de artículos que se encuentran en alguno pueblos
de su comarca. Aunque en un principio podía responsabilizarse sola de todo el trabajo,
llegó un momento que le fue imposible hacerse cargo de todo, por lo que necesito contratar
dos trabajadores que, bajo su cargo, le ayudaran a poder entregar los pedidos sin retraso.
María posee actualmente su pequeño taller, con sus dos trabajadores: ella es una empresaria
individual.
QUE ME INTERESA
¿Por qué individual?
Convertirse en empresario individual es muchas veces la forma más fácil y barata de
empezar una actividad empresarial. De todas formas, esta fórmula no exime de una serie
de trámites legales. Inicialmente, entre otros pasos, el empresario individual deberá:
Darse de alta y pagar el IAE (Impuesto sobre Actividades Económicas)
Tramitar el alta y realizar el pago de la Seguridad Social, dentro del régimen
especial para autónomos.
El empresario individual es aquél que actúa, trabaja y factura con su nombre NIF (Número
de Identificación Fiscal). Todas las obligaciones fiscales, impuestos, declaraciones,
etc., siempre se efectúan a su nombre y, por tanto es responsable a título individual
de la gestión de la empresa.
El resultado de su negocio lo refleja en su declaración de renta, bajo el concepto de
rendimiento de la actividad empresarial.
El empresario individual, también conocido como trabajador autónomo o profesional, hace
frente a sus deudas y obligaciones con los bienes de la empresa y, si éstos no son suficientes,
con su patrimonio personal, por tanto, su responsabilidad es ilimitada frente a terceros
(empleados, clientes, proveedores, entidades financieras, administración pública, etc.).
OTROS DATOS
¿Dónde puedo informarme?
Administraciones de Hacienda.
Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS).
Gremios.
Gestorías y asesorías.
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