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EL CASO
Mariana, Juan, Pepe y Rocío son apicultores y se dedican al cuidado y explotación de
las abejas para obtener miel y cera. Actualmente habían comercializado la miel y la
cera entre sus amigos y conocidos. Como sus enjambres van creciendo y su miel es muy
apreciada se han replanteado profesionalizar y explotar más en serio su negocio.
Han mirando diversas opciones, pero no ven clara la forma de legalizarse. Piensan que
estos trámites les supondrán excesivos costes y problemas. Les han hablado de las sociedades
laborales, en las que todos pueden ser socios y trabajadores en la misma proporción,
tal que no les complicaría, no encarecerá demasiado la puesta en marcha y explotación
de su negocio.
QUE ME INTERESA
¿Qué son?
Las sociedades laborales aparecieron con la finalidad de conseguir nuevos métodos de
creación de empleo, fomentando a la vez la participación de los trabajadores en la empresa.
En líneas generales, las sociedades laborales tienen las características siguientes:
La mayoría del capital es propiedad de los socios que trabajan en la empresa.
La relación laboral de los socios trabajadores es indefinida en el tiempo.
Se fija el capital máximo que puede tener cada socio.
Existen dos tipos de acciones o participaciones, según los propietarios sean trabajadores o no.
Se debe constituir un fondo de reserva destinado a compensar pérdidas.
Como ventajas añadidas, este tipo de sociedades goza de determinados beneficios fiscales,
en atención a su finalidad social. Además obtienen ventajas económicas que facilitan
su creación y existencia. Por ejemplo, durante los primeros años tienen reducciones
o un trato privilegiado en el pago del Impuesto de Actividades Económicas, así como
el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, etc.
Para constituir una sociedad laboral es imprescindible solicitar su calificación al
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales o, en su caso, a las comunidades autónomas
que hayan recibido los correspondientes traspasos de funciones y servicios. Los requisitos
de la Sociedad Laboral deben mantenerse en el tiempo, ya que sino, y de acuerdo a la
actual Ley 4/1997 de 24 de marzo de sociedades laborales, las mismas, pueden llegar
a ser descalificadas.
Actualmente estas sociedades, especialmente las sociedades laborales limitadas, son
una fórmula muy atractiva para legalizar los pequeños negocios y actividades profesionales.
OTROS DATOS
¿Dónde puedo informarme?
Ministerio de Trabajos y Asuntos Sociales.
Comunidades autónomas.
Gestorías.
Asociaciones empresariales.
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